No son pocos los especialistas que consideran la titularidad y el manejo de los datos personales como el petróleo del siglo XXI. Así lo avalan las elecciones recientes en algunos países, así como el énfasis que algunas naciones (como China) han puesto en este tema. En ese contexto, y en el marco de una tendencia mundial promovida desde la Unión Europea a través del llamado GDPR (General Data Protection Regulation), Uruguay comenzó a legislar sobre este tema en el año 2008. Desde entonces no paró.
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A partir del 1° de enero de 2023 comenzará a regir la obligación de todo empleador -con excepción del servicio doméstico- a constituir domicilio electrónico (“el Domicilio”) ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (“MTSS”).
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En nuestro Reporte Tributario Contable anterior informamos de la sanción de
la Ley Nº 20.095 (“la Ley”), en virtud de la cual las rentas pasivas de fuente
extranjera (es decir, alquileres, dividendos, intereses, regalías y demás
rentas pasivas, incluyendo ganancias de capital), actualmente excluidas de
impuesto a la renta corporativo (“IRAE”), pasarán a estar gravadas en caso de
que las entidades residentes, integrantes de un grupo multinacional, no cumplan
con ciertos requisitos mínimos de sustancia.
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El 31 de diciembre suele ser una fecha de celebración y
reencuentro familiar. Pero la felicidad no puede ser total: los impuestos
(incluido el Impuesto al Patrimonio) también golpean la puerta.
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No deja de ser usual que muchas actividades económicas sean llevadas
adelante por pequeñas empresas conformadas por cónyuges y algún otro integrante
del grupo familiar. En esos casos cobra relevancia la figura del “cónyuge
colaborador”.
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