Según un reciente pronunciamiento del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo (TCA), la posibilidad de obtener la residencia fiscal uruguaya por
el criterio de “inversión empresarial” dependerá, no del monto invertido por la
persona del exterior, sino del valor del patrimonio de la empresa en Uruguay.
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Según la Intendencia Departamental de Montevideo (IDM), en posición
compartida por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), sí. La mera
inclusión del logo de la empresa en un camión de transporte de combustible, califica
como un acto de publicidad gravada por impuesto.
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…no pagan impuesto en Uruguay. Ello surge de un reciente dictamen de la
Dirección General Impositiva (DGI), emitido en respuesta a la Consulta Nº 6490.
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Según un reciente dictamen de la Dirección General Impositiva (DGI), dicha
indemnización no está gravada por IRPF. Ello por no tratarse de una verdadera
indemnización por despido.
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Una persona proyectaba vender un inmueble. En 2005, había adquirido el 50%
de dicho inmueble; en 2016 adquirió el restante 50%. Ello significa la
posibilidad de liquidar el correspondiente IRPF en base a un criterio mixto: “ficto”
para la primera mitad y “real” para la otra. Ahora, ¿cómo debería calcularse la
porción de IRPF según este último criterio?
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